Como médico, tienes la ventaja de poder darte de alta en Mutual Médica en lugar de hacerlo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

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Mutual Médica es la única alternativa a autónomos en toda España para los médicos que ejercen la medicina por cuenta propia.

Si empiezas a trabajar por cuenta propia (porque abres tu propia consulta o porque inicias colaboración con algún centro médico privado), deberás tomar una decisión muy importante: darte de alta el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social u optar por Mutual Médica, que es la mutualidad alternativa al RETA exclusiva para médicos.

Para tomar la decisión que más te conviene, es importante que conozcas las principales diferencias entre ambos sistemas:

1. En Mutual Médica sabes en todo momento el dinero del que dispondrás para tu jubilación. Con el RETA obtienes una expectativa de derecho de cobro futuro.

La principal diferencia entre Mutual Médica y el régimen de Autónomos de la Seguridad Social es que en Mutual Médica, al tratarse de un sistema de capitalización individual, las cuotas que aportas son tuyas. Mutual Médica únicamente las invierte y rentabiliza a tu favor.

En cambio, si optas por el RETA, al tratarse de un sistema de reparto, la Seguridad Social destinará tus cuotas a pagar a los pensionistas actuales. Por tanto, con lo que aportas al RETA obtienes la expectativa de percibir una pensión, que se pagará con las cuotas de los activos que existan cuando te jubiles.

2. Las prestaciones de Mutual Médica son totalmente compatibles, sin limitación, con cualquier otra pensión pública. La pensión del RETA se acumulará a las restantes pensiones públicas que puedas haber generado y estarán limitadas, conjuntamente, al importe de la Pensión Máxima de la Seguridad Social.

Si ejerces la doble actividad (por cuenta propia y por cuenta ajena), seguramente te encuentras en tramos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social por tu actividad por cuenta ajena que ya garantizan la Pensión Máxima. Si éste es tu caso, las cotizaciones al RETA no se traducirán en una pensión de jubilación más alta, ya que operarán los límites que impiden sumar la pensión del Régimen de Autónomos a la que cobrarás del Régimen General. Es decir, las aportaciones que hayas hecho al RETA no te habrán servido para nada.

En cambio, Mutual Médica actuará como un importante complemento a tu jubilación ya que podrás cobrar la pensión pública máxima y sumar el capital acumulado en tu mutualidad sin ningún límite.

3. Compatibilidad de la jubilación con el ejercicio médico

Si te jubilas de la actividad por cuenta ajena (Régimen General) pero quieres mantener la actividad por cuenta propia, con Mutual Médica podrás hacerlo y seguir cobrando el 100% de la pensión pública de jubilación, sea cual sea el periodo de tiempo cotizado y tengas o no un trabajador contratado para esa actividad por cuenta propia.

4. Fiscalidad de las aportaciones

Aquí no hay diferencia, todo lo que aportes a la mutualidad por la cobertura alternativa a autónomos tiene la consideración de gasto deducible de la actividad en el IRPF, con el límite de la cuota máxima por contingencias comunes establecida en el régimen especial de la Seguridad Social, exactamente igual que lo serían las cuotas del RETA.

Adicionalmente, en Mutual Médica puedes aumentar tus aportaciones con el fin de mejorar tus prestaciones para los casos de jubilación, invalidez, dependencia, etc. Estas aportaciones se reducirán de tu base imponible del IRPF, exactamente igual que las aportaciones a planes de pensiones.

Actualmente, el ejercicio de la actividad privada es una de las salidas para los médicos más jóvenes, cuando finalizan la formación MIR. Con el fin de ayudar a estos médicos jóvenes en su primera etapa laboral en el ejercicio libre, Mutual Médica ofrece cuotas reducidas a los menores de 30 años. También se ofrecen cuotas reducidas a todos aquellos médicos que inician la actividad privada por primera vez, que retoman la actividad privada tras más de dos años de no ejercer o que vienen de un permiso de maternidad.

Ahora que ya conoces las ventajas que te ofrece tu mutualidad, es muy importante que recuerdes que si optas por la Mutual Médica la decisión es reversible y en cualquier momento puedes optar por afiliarte al RETA si lo prefieres. Nunca perderás el capital que hayas acumulado, que puedes mantener o mejorar como sistema complementario de tu jubilación. Sin embargo, si optas por el RETA, la decisión es irreversible y deberás seguir afiliado de por vida al sistema público, aunque podrás tener a Mutual Médica como complementaria.

Más de 25.000 tienen cubiertas las necesidades de un médico autónomo con Mutual Médica

Actualmente, ya son más de 25.0000 los médicos que trabajan por cuenta propia que han optado por Mutual Médica, alternativa autónomos, para cubrir su ejercicio de la Medicina por cuenta propia. Estos médicos disfrutan de un conjunto de seguros que cubren todas las contingencias y necesidades de un médico autónomo: incapacidad laboral, jubilación, dependencia y defunción (vida).

Sea cual sea tu decisión, o si no nos necesitas como Alternativa al RETA, Mutual Médica también te ofrece un sistema complementario a las prestaciones sociales públicas totalmente adaptado a tus necesidades y con importantes ventajas financiero/fiscales. Te invitamos a conocer nuestros productos y servicios en nuestra renovada página web www.mutualmedica.com o, si lo prefieres, te atendemos en persona en nuestra oficina en el COMIB. También puedes consultar nuestro portal de jubilación www.jubilaciondelmedico.com, el primer y único site especializado en la jubilación del médico.

 

Antonio López López

Director general de Mutual Médica

 

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